El Diario de Coahuila, 24 de abril 2003
El presidencialismo, ya sea
por factores políticos, sociales y culturales, o por otros más, se encuentra
hoy en día principalmente arraigado en el orden de gobierno municipal. Es aquí
donde esta práctica continúa encontrando tierra fértil, gracias al sistema
electoral municipal y a otras leyes vinculadas estrechamente con el municipio. Desafortunadamente no se
vislumbra el final de esta práctica en el orden de gobierno municipal, cosa en
el orden de gobierno federal y estatal tiene signos de derrumbarse.
Es en la figura del titular
del ejecutivo municipal donde la concentración del poder se acentúa ya que
además de las funciones propias del cargo (ejecutar y administrar) también
posee funciones de legislar al formar parte del Cabildo.
Para hacer un comparativo con el orden
de gobierno federal en relación con el párrafo anterior, leamos el acertado
ejemplo que señala Alfredo Rodríguez Banda en su documento División de Poderes en el Gobierno Municipal: “Es tan grave tal
concentración del poder, que si ocurriera lo mismo a nivel federal, sería tanto
como si el Presidente de la República convocara a las sesiones de la Cámara de
Diputados, presidiera las sesiones del pleno, encabezara a la fracción parlamentaria
mayoritaria y además pudiera presidir las comisiones legislativas de
Gobernación, Seguridad Pública y Prensa, así como ser miembro activo de otras
múltiples comisiones”.
Sin duda alguna, es un claro ejemplo
que ilustra claramente las preocupantes atribuciones y facultades que poseen
los presidentes municipales, al desarrollar sus funciones dentro de un sistema
electoral semi-parlamentario que no aprovecha las ventajas que ofrece este tipo
de gobierno debido a la forma de elección de cada uno de los integrantes del
Ayuntamiento.
La realidad muestra, señala también
Rodríguez Banda, que los municipios, no ejercen la tradición republicana de la
división y el equilibrio de poderes, por el contrario, la Ley Orgánica
Municipal y el Reglamento Orgánico permiten al Presidente Municipal ser
representante político del municipio, ser jefe o titular de la administración
pública y al mismo tiempo, presidente o líder del Cabildo. ¡Cuántas funciones
para un Presidente Municipal¡, no lo cree usted.
En otras palabras, el Presidente
Municipal puede ser juez y parte en todas y cada una de las decisiones que se
toman en las sesiones de Cabildo, función que se da con más frecuencia en los
municipios pequeños dada la escasa presencia de la presión pública y de la
presión informativa de los medios de comunicación masiva, quiénes se encargan
de difundir a otras regiones, cuando no han sido comprados por las autoridades
municipales, las malas acciones emprendidas o decisiones tomadas sin consenso.
Las relaciones del Presidente Municipal
con los Regidores de su partido (que por cierto tienen mayoría en el Cabildo),
pudiera ser de un menor grado de dependencia o “rendición de culto” pudiera ser
menor si éstos últimos arribarán al cargo por medio del voto directo popular.
Un problema colateral debido a esta relación sui generis, es que la
relación entre estos Regidores y el Presidente Municipal es mucho más tensa y
de desgaste que con los Regidores de oposición ¿Por qué? Porque es más fácil
sostener una relación institucional con él, donde los pleitos de partido no se
mezclan en esta relación.
En cambio con los del mismo partido,
los problemas al interior de estos (los partidos) vienen a salpicar la vida y
desenvolvimiento del Ayuntamiento, debido a que algunas veces este Regidor(es) pretende(n)
independizarse del Presidente Municipal o bien porque pertenecen a otro grupo
dentro del mismo partido. Pregunta: ¿Qué culpa tiene el ciudadano con esto?.
Por otra parte, la labor personal de
los Regidores plurinominales (o de minoría), se ve cercada o mermada dada su condición y solo pueden encontrar
fuerza en proporción al apoyo que su partido les pueda brindar, mismo que
cuando se da, mucho esta en función en el daño político que puedan ocasionar al
partido gobernante y no en función a los requerimientos y necesidades a cubrir
del municipio que requiere para poder alcanzar un desarrollo integral.
Encontrar el equilibrio exacto entre
el Presidente Municipal y el resto del Cabildo no es tarea fácil. Ni siquiera
las modificaciones al sistema electoral municipal pueden garantizarlo, sin
embargo si puede facilitar y ayudar a que dicho equilibrio se dé. Simplemente
se trata de que ambos cuerpos (ejecutivo y legislativo), que no están
claramente divididos actualmente, ejerzan esa división de poderes que
Montesquieu sabiamente propuso como contrapeso al absolutismo francés del siglo
XVIII y que mucho serviría hoy en día para eliminar el absolutismo del
Presidente Municipal en los Ayuntamientos mexicanos.
Un ayuntamiento verdaderamente unido
(no por sus vínculos partidistas ni por sus propios intereses), con Regidores
como verdaderos representantes directos de la sociedad (no de partidos), con
objetivos y metas claras, funcionando y trabajando dentro de la diversidad y
pluralidad política pero orientado hacia un solo sentido, puede ejercer mejor
sus obligaciones para con la sociedad y ser parte esencial de una nación que
continúa definiendo y desarrollando su federalismo, pero que requiere de
municipios fuertes para poder consolidarlo.
Continuará la próxima semana con el
tema la selección de
candidatos a Regidores al interior de los partidos políticos. Gracias.
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